¿CUANDO REALIZAR UNA AUDITORÍA?

Por lo general, una empresa tiene que hacer una auditoría contable cuando cumpla dos de las siguientes condiciones durante dos ejercicios seguidos:


  • Facturación de más de 5,7 millones de euros.
  • Total de activos de más de 2,8 millones de euros.
  • Media de más de 50 trabajadores durante el ejercicio.

También es obligatoria la auditoría de las cuentas anuales consolidadas cuando se superan dos de las siguientes límites durante dos ejercicios seguidos:


  • Facturación de más de 22,8 millones de euros.
  • Total de activos de más de 11,4 millones de euros.
  • Media de más de 250 trabajadores durante el ejercicio

Otros motivos para realizar una auditoría


Además del cumplimiento de los parámetros establecidos en la legislación mercantil, a partir de los cuales existe la obligación de realizar una auditoría contable, existen otros motivos que pueden llevar a una empresa a auditar sus cuentas.


De manera voluntaria


Se busca transparencia y fiabilidad de cara a mejorar la imagen de la empresa frente a terceros, bien sean entidades de crédito, proveedores o clientes.


Otros motivos legales


Es el caso de las entidades cotizadas, compañías emisoras de oferta pública, sociedades de intermediación financiera y algunas ramas de seguros.


Realización de ciertas operaciones societarias


Es el caso de la realización de determinadas operaciones societarias, tales como fusiones, escisiones, etc.


Por instancia de uno de los socios


En aquellas sociedades anónimas o limitadas que no tienen obligación de auditarse, los socios que tengan una participación superior al 5% pueden solicitar, al registro mercantil de su provincia, la realización de una auditoría. Con ello lograrán máxima transparencia y fiabilidad sobre su inversión.


Para obtener determinadas subvenciones


Cuando una sociedad reciba una subvención y ésta tenga establecida en sus bases la obligatoriedad de pasar una auditoría contable. Lo mismo ocurre con las empresas que reciban subvenciones o ayudas de más de 600.000 euros en total, ya sea de la Administración Pública o de fondos de la Unión Europea.


Por lo tanto, es conveniente tener muy en cuenta los límites que existen para estar obligados a realizar una auditoría, ya que en el caso de que no se depositen las cuentas anuales con el informe de auditoría, tendría las siguientes consecuencias:


  • Cierre del Registro Mercantil. Lo que imposibilitaría poder registrar los actos jurídicos y mercantiles de la sociedad.
  • Imposición a la sociedad de una multa por un importe de 1.202,02 a 60.101,21 euros por parte del ICAC.
  • El auditor va a exigir de la empresa y su personal la máxima colaboración y, durante unas semanas, va a tener colapsado al departamento contable-administrativo. Además, con el fin de contrastarla con las cuentas, va a solicitar información sobre la compañía y sus saldos contables a bancos, asesores, clientes y acreedores.